GASTOS DE FUNERALES
DESCRIPCION DEL BENEFICIO
Al fallecer un o una imponente en Servicio Activo, en Retiro o Montepío, corresponde el pago de un mes de sueldo imponible o pensión de que disfruta el o la imponente al momento de su fallecimiento, con un mínimo equivalente a dos sueldos bases grado 18º de la Escala Unica de Sueldos de Carabineros, que asciende hasta noviembre de 2006 a $ 194.170.-
FORMA DE PAGO DEL BENEFICIO
El pago de este beneficio se efectúa directamente por la Dipreca, tratándose de imponentes fallecidos/as en Santiago o a través de las diversas Sucursales del Banco del Estado de Chile, cuando corresponda a Provincia. El plazo para impetrar este beneficio, prescribe en un año, contado desde la fecha de fallecimiento del o la imponente.
DOCUMENTOS A PRESENTAR:
· Factura Original de los Funerales, timbrada por Impuestos Internos, y debidamente cancelada.
· 2 ejemplares en original del Certificado de Defunción del o la imponente fallecido/a.
· Boleta de la última pensión pagada o Certificado de Sueldo vigente a la fecha del fallecimiento, si se trata de imponentes en Servicio Activo.
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